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Estas reglas ordenan cómo se contrata, prepara y ejecuta cada propuesta de arte efímero con fuego. Al solicitar un espectáculo, productoras, gestores culturales y organizadores aceptan los términos que detallamos a continuación.
Los Magos del Fuego ofrece espectáculos de manipulación de antorchas, malabares con fuego, cascadas de chispas frías, instalaciones lumínicas y coreografías de percusión visual. Cada actuación se describe en una ficha propia con duración, requerimientos de espacio, condiciones de montaje y normativa de prevención aplicable. El catálogo no incluye venta de material pirotécnico ni servicios de terceros.
El organizador debe declarar el tipo de evento, el lugar exacto, el aforo previsto y cualquier elemento que pueda interferir con la actuación: toldos bajos, vegetación seca, cables aéreos o materiales inflamables cercanos. También debe informar si el evento es en espacio cerrado o al aire libre, ya que cada formato exige un protocolo de seguridad distinto.
La distancia mínima entre el artista y el público se define según la disciplina: para antorchas se requiere un radio libre de al menos cuatro metros; para chispas frías, la separación depende de la altura de la máquina y del techo disponible. El contratante debe garantizar el acceso al punto de montaje al menos dos horas antes del inicio y una zona seca para el equipo técnico.
Cada propuesta cumple con la normativa local de espectáculos con fuego y con los requisitos del seguro de responsabilidad civil del artista. No se realizan números con llama abierta en interiores sin ventilación verificada ni en superficies que no puedan soportar el calor. La decisión final sobre la viabilidad técnica corresponde al director del espectáculo.
La responsabilidad de Los Magos del Fuego se limita a la ejecución del número contratado según la ficha acordada. No respondemos por daños causados por modificaciones del espacio después de la confirmación, por condiciones climáticas extremas no comunicadas ni por el uso indebido de las imágenes del evento por parte del contratante.
El contratante puede cancelar la actuación hasta quince días antes de la fecha sin penalización. Pasado ese plazo, se retiene el anticipo como compensación por el trabajo de preparación. Estas condiciones pueden actualizarse para reflejar cambios en la normativa o en los protocolos internos; la versión vigente se publica siempre en esta página.